Muñoz & Asociados

Propiedad intelectual

Abogados propiedad intelectual

Expertos abogados propiedad intelectual. Protegemos sus derechos de autor, software y creaciones digitales conforme a la Ley de Propiedad Intelectual

La propiedad intelectual protege creaciones originales como obras literarias, artísticas o digitales, conforme a la Ley de Propiedad Intelectual.

Áreas de actuación:

  • Registro y protección de derechos de autor: Gestionamos la inscripción de obras en el Registro de la Propiedad Intelectual para dotarlas de una prueba de autoría fehaciente frente a terceros.

  • Defensa frente a plagio o uso no autorizado: Intervenimos en procedimientos judiciales y extrajudiciales para detener vulneraciones de derechos y reclamar las indemnizaciones correspondientes.

  • Contratos de cesión de derechos: Redactamos y supervisamos contratos de edición, distribución y licencias de uso, asegurando que los intereses del autor queden protegidos.

  • Derechos en entornos digitales: Asesoramos sobre el uso de contenidos en internet, protección de bases de datos y propiedad intelectual de páginas web.

  • Propiedad intelectual en empresas y startups: Blindamos los activos intangibles desarrollados por empleados o colaboradores externos para asegurar la titularidad de la empresa.

  •  

La protección adecuada garantiza la explotación legal de los activos intangibles.

Protección de Software y Propiedad Intelectual Digital

En el ecosistema tecnológico, el código fuente y las interfaces gráficas se protegen a través de la propiedad intelectual como obras literarias. Nuestros abogados propiedad intelectual son expertos en la redacción de contratos de desarrollo de software y en la implementación de licencias (propietarias o de código abierto). Es fundamental distinguir entre los derechos morales, que son irrenunciables y vinculan al autor con su obra de por vida, y los derechos de explotación, que pueden ser cedidos a empresas o inversores para su comercialización nacional e internacional.

La Lucha contra el Plagio y la Copia Ilícita

El plagio no solo supone un daño reputacional, sino una pérdida económica directa. Actuamos con celeridad mediante el envío de requerimientos de cese y desestimiento, y si es necesario, instamos medidas cautelares para la retirada inmediata de contenidos infractores en plataformas digitales. Analizamos la originalidad de la obra conforme a la jurisprudencia del Tribunal Supremo, fundamentando la demanda en la vulneración de los derechos exclusivos de reproducción, distribución y comunicación pública previstos en la LPI.

Preguntas Frecuentes sobre Propiedad Intelectual

¿Es obligatorio registrar una obra para que esté protegida?

No, la propiedad intelectual nace por el mero hecho de la creación de la obra. Sin embargo, el registro es altamente recomendable porque constituye una prueba cualificada de que usted es el autor en una fecha determinada.

¿Cuánto dura la protección de los derechos de autor en España?

Con carácter general, los derechos de explotación duran toda la vida del autor y 70 años después de su muerte o declaración de fallecimiento.

¿Qué diferencia hay entre propiedad intelectual y propiedad industrial?

La propiedad intelectual protege obras creativas (libros, música, fotos, software), mientras que la propiedad industrial protege creaciones con aplicación industrial o comercial (marcas, patentes y diseños industriales).

Enlaces de interés:

ubicacion-munozasociadosabogados
logo
Contacto

  •   Adrián Muñoz Castellano
  •   C/Ángel Ganivet, Nº3, Piso 2º izquierda, CP 18009 Granada
  •   amunoz@icagr.es
  •   697 559 585
  •   Horario Lunes a Viernes: 09:00 a 14:00 y 17 a 19