Muñoz & Asociados

Derecho administrativo

Abogados de derecho administrativo en Granada

En Muñoz & Asociados asesoramos y defendemos a particulares y empresas en recursos administrativos y contencioso-administrativos frente a la Administración Pública: multas, licencias y expropiaciones, entre otros asuntos.

El derecho administrativo regula las relaciones entre los ciudadanos y la Administración Pública, así como el funcionamiento interno de los organismos públicos. Su marco normativo principal se encuentra en la Ley 39/2015 y la Ley 40/2015.

Nuestros servicios abarcan:

  • Recursos administrativos (alzada, reposición, extraordinario de revisión).
  • Procedimientos ante administraciones locales, autonómicas y estatales.
  • Responsabilidad patrimonial de la Administración.
  • Licencias, autorizaciones y concesiones.
  • Defensa en procedimientos contencioso-administrativos.

El conocimiento actualizado de la normativa y la jurisprudencia es la base para plantear la defensa frente a actuaciones administrativas. El resultado depende de las circunstancias de cada caso.

Preguntas Frecuentes sobre Derecho Administrativo

¿Qué plazo tengo para recurrir una multa o sanción?

Por lo general, el plazo para interponer un recurso de alzada o reposición es de un mes si el acto es expreso. Si se acude a la vía judicial contencioso-administrativa, el plazo suele ser de dos meses. Conviene revisar cada caso, porque los plazos pueden variar.

¿Puedo reclamar si me caigo en la calle por mal estado del pavimento?

Es un supuesto típico de responsabilidad patrimonial. Para reclamar se debe acreditar el daño, el nexo causal entre el mal estado de la vía y la caída, y que no existió culpa exclusiva de la víctima. La reclamación debe presentarse dentro del plazo de un año.

¿Qué es el silencio administrativo y qué efectos tiene?

Es la ausencia de respuesta de la Administración tras el plazo legal. Según la Ley 39/2015, la regla general es el silencio positivo, pero existen numerosas excepciones (como en solicitudes de subvenciones o expropiaciones) donde el silencio es negativo (desestimatorio).

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