La Seguridad Social avanza hacia la digitalización: el certificado electrónico será cada vez más necesario

 

La transformación digital de la Administración continúa avanzando y la Seguridad Social se sitúa entre los organismos que más están impulsando la tramitación electrónica. En los próximos meses, numerosos procedimientos relacionados con prestaciones y notificaciones se gestionarán prioritariamente por medios digitales, lo que hace cada vez más recomendable disponer de un certificado electrónico o de un sistema de identificación equivalente, como Cl@ve Permanente.

Aunque actualmente no todos los ciudadanos están obligados a relacionarse electrónicamente con la Administración, la normativa ha ampliado los supuestos en los que determinadas comunicaciones del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) se realizarán exclusivamente a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social (SEDESS).

 

Más procedimientos pasarán a notificarse electrónicamente

 

A partir del 1 de septiembre de 2026, las notificaciones relacionadas con determinadas prestaciones, entre ellas las de incapacidad temporal e incapacidad permanente, se incorporan al sistema de comunicaciones electrónicas para los colectivos previstos en la normativa. Esto supone un paso más en la digitalización de la Seguridad Social y obliga a muchos ciudadanos a revisar cómo accederán a sus resoluciones y comunicaciones oficiales.

No significa que todos los ciudadanos deban disponer obligatoriamente de un certificado electrónico para cualquier trámite, pero sí que el acceso a determinadas notificaciones electrónicas y documentos con información especialmente sensible requerirá sistemas de identificación reforzados.

¿Será obligatorio tener certificado electrónico?

Conviene realizar una importante precisión jurídica.

Actualmente, no existe una obligación general para todos los ciudadanos de disponer de un certificado electrónico. Sin embargo, la realidad es que cada vez más procedimientos administrativos se desarrollan íntegramente por medios electrónicos y determinados colectivos ya están obligados a relacionarse electrónicamente con la Seguridad Social.

Además, la propia Sede Electrónica establece que algunas notificaciones que contienen datos especialmente protegidos, como los relativos a la salud, únicamente podrán consultarse mediante certificado electrónico o Cl@ve Permanente.

¿Qué ventajas ofrece disponer de certificado electrónico?

Contar con un certificado electrónico permite al ciudadano realizar numerosos trámites sin necesidad de acudir presencialmente a una oficina del INSS o de la Tesorería General de la Seguridad Social.

Entre los principales servicios destacan:

  • Consultar expedientes.
  • Descargar resoluciones.
  • Solicitar prestaciones.
  • Obtener informes de vida laboral.
  • Descargar certificados de pensiones.
  • Presentar escritos y documentación.
  • Acceder a las notificaciones electrónicas.

Además, el certificado garantiza la identidad del usuario y la seguridad de las comunicaciones con la Administración.

¿Qué ocurre si no se consulta una notificación?

Uno de los aspectos más importantes es que las notificaciones electrónicas producen efectos jurídicos.

Cuando una persona está obligada a recibir notificaciones por vía electrónica, no acceder a ellas dentro del plazo legal puede implicar que la notificación se considere válidamente practicada, comenzando a contar los plazos para presentar alegaciones, recursos o reclamaciones.

Por ello, resulta fundamental revisar periódicamente la Sede Electrónica o activar los sistemas de aviso disponibles.

Recomendaciones para los ciudadanos

Ante el avance de la digitalización administrativa, resulta aconsejable:

  • Obtener un certificado electrónico de persona física.
  • Registrarse en el sistema Cl@ve Permanente.
  • Mantener actualizado el teléfono móvil y el correo electrónico en la Seguridad Social.
  • Consultar periódicamente la Sede Electrónica del INSS.
  • Solicitar asesoramiento jurídico cuando se reciba una resolución desfavorable sobre prestaciones o pensiones.

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Abogado experto Granada Muñoz Asociados